sábado. 27.04.2024
Más de 7.000 autónomos recibirán la ayuda del Cabildo grancanario para paliar los efectos de la COVID-19
Más de 7.000 autónomos recibirán la ayuda del Cabildo grancanario para paliar los efectos de la COVID-19

Este martes se aprobará en Consejo de Ministros nuevas medidas dirigidas a los autónomos afectados por la erupción volcánica de La Palma, que posteriormente se publicarán en el BOE.

Gobierno central y ATA acordaron que junto a la prestación por cese de actividad, también se articule una prestación extraordinaria para los cierres temporales, así como aquellos compatibles con la actividad.

Para recibir la prestación por cese de actividad normal, es necesario estar de alta desde antes del 19 de septiembre de 2021, acreditar que se ha visto afectado por el volcán y darse de baja en el RETA. Las ayudas tendrán como cuantía el 70% de la base de cotización, durante cinco meses, con independencia de que el autónomo tenga o no periodo de carencia. El tiempo durante el que se perciba la prestación se entenderá como cotizado. 

En el caso del cese de actividad extraordinario para cierres temporales, los requisitos son los siguientes: estar de alta antes del 19 de septiembre de 2021, acreditar que se ha visto afectado por el temporal, pero sin embargo no se exige baja en el RETA. En este caso, las ayudas tendrán como cuantía el 70% de la base mínima de cotización de la actividad. El tiempo durante el cual el autónomo esté recibiendo la prestación estará exento de abonar la cuota de autónomos. Esta ayuda es incompatible con el desarrollo de otra actividad por cuenta propia o ajena si los ingresos superan el 1,25 del Salario Mínimo Interprofesional.

Por último, en el caso del cese de actividad extraordinario compatible con la actividad, es necesario estar dado de alta antes del 19 de septiembre de 2021, no tener rendimientos netos computables fiscalmente procedentes de la actividad por cuenta propia en el cuarto trimestre de 2021 superiores a 2.534 euros, y acreditar en este cuarto trimestre un total de ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia inferior en un 50% a los habidos en el último trimestre de 2019. El importe de las cuantías ascenderá al 70% de la base mínima de cotización de la actividad. El autónomo se hará cargo de la cuota de autónomos, si bien la mutua le ingresará ,junto con la prestación, la parte de la cuota correspondiente a las contingencias comunes.

Esta última ayuda es incompatible con la percepción de una retribución por el desarrollo de un trabajo por cuenta ajena, con el desempeño de otra actividad por cuenta propia.

Así serán las ayudas a los autónomos afectados por el volcán de La Palma